viernes, 13 de mayo de 2016

Referéndum sobre la Ley para la Reforma Política: el fracaso del franquismo

El gobierno de Adolfo Suárez vinculó hábilmente el voto
favorable con el regreso de la democracia 
El 15 de diciembre de 1976 tuvo lugar el Referéndum sobre la Ley para la Reforma Política. Ante dicho referéndum los partidarios del voto favorable fueron los defensores de la vía democrática postfranquista representada por la ley sometida a referendo, mientras que los defensores del voto negativo podían dividirse entre los partidarios de la continuidad de la dictadura y los partidarios de la oposición antifranquista que rechazaban el modelo democrático propuesto por el gobierno de Adolfo Suárez. El voto en blanco englobaba a los miembros más moderados de la oposición antifranquista o del franquismo, que si bien estaban de acuerdo con el modelo democrático propugnado por Adolfo Suárez sin embargo no podían votar a favor por su discrepancia con varios aspectos del mismo, mientras que el voto nulo representaba a los partidarios de la oposición antifranquista que sin llegar a votar en contra o abstenerse expresaban su malestar con la vía democrática postfranquista. Por último la abstención representaba a aquellos que o bien no se sentían concernidos por el objeto del referéndum manifestando su apoliticismo o bien a los partidarios de la oposición antifranquista que querían deslegitimar el referéndum mediante la abstención, provocando una baja participación y de este modo el fracaso de la vía democrática postfranquista en un contexto desestabilizador que podría ser propicio para el triunfo de la vía democrática rupturista.

La oposición antifranquista boicoteó el referéndum
para lograr el triunfo de la vía democrática rupturista
El Referéndum sobre la Ley para la Reforma Política representaba la sumisión a la voluntad de los españoles de la continuidad de la hegemonía política del postfranquismo sobre España. Conocedor de que se jugaba su futuro el gobierno de Adolfo Suárez utilizó su monopolio televisivo para realizar una importante campaña gubernamental en favor de la Ley para la Reforma Política, voto favorable a la misma con la única vía segura para el regreso de la democracia a España, frente a la incertidumbre planteada por la vía rupturista propugnada por la oposición antifranquista. De la misma forma que había vetado su participación en la elaboración de la ley el gobierno de Adolfo Suárez también vetó el acceso de la oposición antifranquista a los medios de comunicación públicos, viéndose relegada su campaña electoral a las pintadas en las paredes callejeras en una absoluta inferioridad de condiciones que benefició descaradamente a un gobierno avalado por un contexto internacional caracterizado por la polarización mundial derivada de la Guerra Fría entre el bloque capitalista encabezado por Estados Unidos y la CEE frente al bloque comunista encabezado por la URSS. En este escenario España desempeñaba una posición estratégica clave y el bloque capitalista apoyaba la vía democrática postfranquista por su fiabilidad a la hora de mantener la estabilidad y el anclaje del país en el esquema capitalista occidental, mientras que la URSS apostaba por la vía democrática rupturista por su claro potencial desestabilizador capaz de deslizar a España fuera del bloque capitalista erigiéndose como un régimen prosoviético caballo de troya en plena Europa Occidental. En medio de esta situación la oposición antifranquista se quedó completamente sola en su denuncia de un referéndum en el que fue claramente reprimida y que se desarrolló en una completa desigualdad de condiciones, propio de una situación más propia de una dictadura que de la democracia que pretendía instalarse.
vinculando hábilmente el

Finalmente con un censo de 22.644.290 y una participación del 77,8% los resultados del Referéndum sobre la Ley para la Reforma Política fueron los siguientes:

OPCIONES
VOTOS
% VOTOS
% CENSO
Voto favorable
16573180
94,17
73,19
Voto contrario
450102
2,56
1,99
Voto en blanco
523467
2,97
2,31
Voto nulo
52823
0,3
0,23
Abstención
5044728
28,66
22,28
Voto protesta
5621018
31,94
24,82

El referéndum demostró el fracaso
histórico del franquismo
La vía democrática postfranquista ganó claramente el Referéndum sobre la Ley para la Reforma Política contando con el apoyo de tres de cada cuatro españoles, mientras que la oposición antifranquista experimentó una contundente derrota puesto que la vía democrática rupturista tan solo logró el apoyo de uno de cada cuatro españoles, registrando el referéndum una participación muy elevada que fue determinante para el triunfo postfranquista. Los partidarios de la continuidad de la dictadura también sufrieron una contundente derrota, pues tras cuarenta años de dictadura apenas sumaron 450.102 votos equivalentes al 2% de los españoles, cifra que manifestaba el fracaso del franquismo cuya supervivencia en el poder sólo fue posible gracias a la coacción y al miedo representando exactamente el mismo apoyo popular que en 1936.  Así pues de cara a las inminentes primeras elecciones democráticas que pondrían fin materialmente a cuarenta años de dictadura el postfranquismo partía en una muy buena posición para mantener su hegemonía sobre España, pues contaba con una cómoda mayoría sobre 38 provincias eminentemente rurales, cuyo pragmatismo basado en el rechazo a la dictadura pero también hacia la oposición antifranquista fue determinante para el regreso de la democracia a España. La vía rupturista tan sólo logró la victoria en Guipúzcoa cuyo presidente de la Diputación había sido recientemente asesinado por ETA y un empate técnico en Vizcaya siendo las dos únicas provincias de España en las que el postfranquismo fue desbordado por la oposición antifranquista conformada por el nacionalismo moderado, el nacionalismo radical y el socialismo que con su triunfo forzaban al gobierno de Adolfo Suárez a negociar una solución democrática específica para el País Vasco basada en el restablecimiento del régimen de autogobierno vigente durante la II República. En realidad la oposición antifranquista tan sólo podía aspirar a obtener la victoria sobre trece provincias que fueron aquellas sobre las que el postfranquismo obtuvo un apoyo inferior a la media en el referéndum y que en realidad fueron las mismas zonas que durante la Guerra Civil se mantuvieron fieles a la II República, con lo cuál cuarenta años después el mapa de España seguía siendo el mismo: el franquismo había fracasado...






sábado, 2 de abril de 2016

La Ley para la Reforma Política: el fin material del franquismo

El 24 de noviembre de 1976 el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Ley para la Reforma Política que se convirtió en la séptima ley fundamental del ordenamiento jurídico franquista formado por el Fuero del Trabajo (1938), la Ley de Cortes (1942), el Fuero de los Españoles (1945), la Ley de Sucesión (1947), la Ley de Principios Fundamentales del Movimiento (1957) y la Ley Orgánica del Estado (1966). El ordenamiento jurídico franquista era un ordenamiento jurídico autoritario que la Ley para la Reforma Política convirtió en un ordenamiento jurídico democrático basado en la expresión de la voluntad popular a través de la ley y en el respeto de los derechos humanos. Definió el sistema parlamentario español como un sistema bicameral formado por el Congreso de los Diputados y el Senado configurando al Congreso de los Diputados como una cámara de representación popular elegida por sufragio universal y al Senado como una cámara de representación territorial elegida por las entidades territoriales que en aquellos momentos eran los municipios y las provincias.

La Ley para la Reforma Política también definió el proceso de reforma constitucional cuya iniciativa correspondería al Gobierno o al Congreso de los Diputados manifestándose un bicameralismo asimétrico que beneficiaba al Congreso, pese a que en caso de desencuentro entre ambas cámaras sería una reunión conjunta de Cortes quien aprobaría definitivamente el proyecto de reforma constitucional por mayoría absoluta. La preeminencia del Congreso sobre el Senado también se manifestaba en el procedimiento legislativo, pues en caso de desencuentro la aprobación correspondía al Congreso por mayoría absoluta. El Rey ejercería una posición preeminente en la nueva democracia española pues podía someter en cualquier momento a la ciudadanía una cuestión, constitucional o no, a referéndum y en caso de que las cámaras no respetasen el veredicto popular podía proceder a disolver las mismas y a convocar elecciones con lo cuál obtenía unos poderes especiales frente a cualquier intento de las élites franquistas más recalcitrantes para bloquear el proceso democrático. Precisamente el peligro potencial de un eventual bloqueo por parte de las élites supervivientes del franquismo acabó conduciendo al gobierno de Adolfo Suárez a rectificar el sistema parlamentario y el papel de cada una de las cámaras pasando ambas a ser elegidas por sufragio universal y por tanto de representación popular en base a la provincia como circunscripción. El Congreso de los Diputados contaría con 350 escaños elegidos de forma proporcional mediante la fórmula D'Hondt con una barrera electoral del 3% de los votos en cada circunscripción a efectos de obtención de representación, mientras que el Senado contaría con 207 senadores elegidos a razón de 4 senadores por cada provincia y 5 en los archipiélagos insulares balear y canario en base a un sistema electoral mayoritario, con lo cuál finalmente ambas cámaras presentarían el mismo carácter de cámaras de representación popular pero diferenciadas por el ligero matiz territorial diferenciador de un Senado en el que todas las provincias tendrían el mismo peso. Y es que la diferenciación entre el Congreso y el Senado  Sin embargo la Ley para la Reforma Política garantizó la supervivencia de instituciones franquistas como la Presidencia de las Cortes como enlace entre las cámaras y el Rey así como el Consejo del Reino que contaría con diez miembros elegidos a partes iguales por ambas cámaras. Si bien el nombramiento del gobierno seguiría dependiendo de la voluntad real, la voluntad parlamentaria y ciudadana tendría un reflejo en la elección real a través de la composición del Consejo del Reino. Al ser la Ley para la Reforma Política una norma de rango constitucional se convocó un referéndum para su ratificación con fecha 15 de diciembre de 1975 bajo la pregunta Aprueba usted la Ley para la Reforma Política?. Y es que la Ley para la Reforma Política representaba el regreso de España a la democracia poniendo punto y final materialmente a cuarenta años de dictadura franquista.









viernes, 25 de marzo de 2016

Tratado de Amistad y Cooperación: el nuevo marco de las relaciones hispanoestadounidenses tras la muerte de Franco

El 6 de noviembre de 1976 el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el texto del Tratado de Amistad y Cooperación entre España y Estados Unidos que estableció un nuevo marco en las relaciones hispanoestadounidenses tras la muerte de Franco. En base a dicho marco Estados Unidos mantuvo sus cuatro bases militares en Zaragoza, Torrejón de Ardoz, Rota y Morón de la Frontera pero a cambio se vio obligado a retirar sus armas nucleares, químicas y bacteriológicas del territorio peninsular. Asimismo Estados Unidos daba luz verde al ingreso de España en las instituciones europeas y mantenía una importante colaboración en materia educativa, cultural, científica y económica fomentando el desarrollo de nuestro país en dichos terrenos. La duración del acuerdo se definió por un plazo de cinco años prorrogables por otros cinco. 


miércoles, 23 de marzo de 2016

Restablecimiento del concierto económico en Vizcaya y Guipúzcoa

El 6 de noviembre de 1976 fue restablecido el régimen fiscal especial de concierto económico que disfrutaron las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya hasta la supresión del mismo por la dictadura franquista en 1937 como consecuencia del apoyo de dichas provincias a la legalidad democrática vigente representada por la II República.. De esta manera el gobierno de Adolfo Suárez se adelantó a la conclusión de los trabajos de la comisión de estudio sobre la concesión de un régimen especial para dichas provincias, restableciendo su régimen fiscal específico y realizando un primer paso hacia el restablecimiento de la foralidad en las conocidas como provincias rebeldes por el régimen que empezaba a ser superado en el camino irreversible hacia la democracia. 


viernes, 11 de marzo de 2016

Acuerdo entre España y El Vaticano: nuevas relaciones entre España y la Iglesia católica durante la Transición

Pablo VI y Juan Carlos I
definieron las relaciones entre
España y el Vaticano durante la
Transición 
El 25 de septiembre de 1976 el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el acuerdo alcanzado entre España y El Vaticano el 28 de julio de 1976. Dicho acuerdo supuso la modificación del Concordato vigente desde 1953 pese a la apreciación de la necesidad de sustituirlo por uno nuevo, definiendo de forma provisional el nuevo escenario de las relaciones entre España y la Iglesia Católica en plena Transición democrática. Tras la muerte de Franco nuestro país era un país confesional cuya religión oficial era el catolicismo, que se erigió como una de las señas de identidad de la dictadura franquista. El acuerdo alcanzado entre España y El Vaticano acabó con el privilegio estatal de la presentación de obispos, correspondiendo única y exclusivamente al pontífice el nombramiento de los mismos, pero sin embargo dicho privilegio sobrevivió en el caso del nombramiento del prelado castrense que correspondería al Rey a partir de la presentación de una terna vaticana. 


lunes, 7 de marzo de 2016

La amnistía de 1976: el fin de los presos políticos en España

El 4 de agosto de 1976, el Boletín Oficial del Estado (BOE), publicó la segunda amnistía concedida por Juan Carlos I desde el inicio de su reinado. Fue una amnistía mucho más generosa y amplia que la primera, concedida el 27 de noviembre de 1975 con motivo de su coronación y que tan sólo afectó a presos comunes encarcelados por delitos menores, pese a ser ampliada posteriormente a los afectados por la Ley de Responsabilidades Políticas de 1939 quienes fueron rehabilitados en un primer paso efectivo hacia la reconciliación nacional. Así pues, la segunda amnistía concedida por Juan Carlos I englobó a todos los afectados por delitos de carácter político y militar produciéndose el fin de los presos políticos en España y por tanto un paso efectivo más hacia el fin de la dictadura y el restablecimiento de la democracia bajo la forma de una monarquía parlamentaria. Sin embargo, a los militares beneficiados por la amnistía no se les permitió el reingreso en el Ejército, con lo cuál la reconciliación nacional siguió sin llegar al mismo permaneciendo como un estamento franquista. 

lunes, 22 de febrero de 2016

Reforma del Código Penal: comunistas y separatistas excluidos de la nueva democracia española

El 21 de julio de 1976 el Boletín Oficial del Estado publicó la reforma del Código Penal en varios de sus artículos con el objetivo de facilitar el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y asociación posibilitando la plena vigencia de los mismos. De este modo se reconoció el derecho de asociación política salvo para aquellas organizaciones que tuvieran como objetivo la subversión del orden público, la integridad territorial o la implantación de un régimen totalitario a través de su sumisión a disciplina internacional. En realidad este último aspecto era un fino eufemismo que hacía referencia en un contexto internacional de Guerra Fría caracterizado por la polarización entre el bloque capitalista occidental y el bloque comunista soviético a esta última ideología, proscripción paradójica en un régimen, el franquismo, que en sus orígenes fue totalitario y que sólo tras la muerte de Franco y tras cuarenta años de vigencia estaba evolucionando hacia un sistema democrático de corte occidental bajo la forma de una monarquía parlamentaria. Por tanto, la reforma del Código Penal tras el reconocimiento del derecho de asociación política definió los contornos de la neonata democracia española de la que permanecerían excluidos comunistas y separatistas. 


domingo, 21 de febrero de 2016

Juan Carlos I ennoblece a Arias Navarro

Juan Carlos I ennobleció al círculo más cercano
a Franco 
El 10 de julio de 1976 Juan Carlos I concedió al recién dimitido presidente del Gobierno, Carlos Arias Navarro, la dignidad aristocrática de Marqués de Arias Navarro con Grandeza de España. De esta manera Juan Carlos I reconoció la difícil trayectoria de Arias Navarro como Presidente del Gobierno en los últimos momentos del franquismo y de la nueva etapa bajo el reinado de Juan Carlos I, pero en realidad representó un nuevo reconocimiento hacia una personalidad perteneciente al círculo más cercano de Franco y de su familia a quienes se estaba ennobleciendo de forma discutible mientras había personalidades cuyos méritos eran superiores y que sin embargo permanecían en el ostracismo. 


sábado, 20 de febrero de 2016

El nombramiento de Adolfo Suárez como presidente del Gobierno

Adolfo Suárez: una carrera meteórica
que muy pocos supieron percibir
Tras la dimisión de Carlos Arias Navarro el presidente de las Cortes Españolas y del Consejo del Reino, Torcuato Fernández Miranda, presentó a Juan Carlos I tras consensuar con los miembros de esta última institución una terna de candidatos a la presidencia del Gobierno. Dicha terna estaba formada por Gregorio López Bravo, Federico Silva Muñoz y Adolfo Suárez resultando completamente soprendente pues descartaba a los dos candidatos favoritos para suceder a Arias Navarro que eran Manuel Fraga y José María de Areilza. Finalmente, Juan Carlos I eligió a Adolfo Suárez nombrándole nuevo Presidente del Gobierno, nombramiento que para muchos que le desdeñaban fue completamente sorprendente pese a la indudable proyección y dinamismo de este quien en pocos años ya había sido gobernador civil de Segovia, director de TVE y fundador de la única asociación política con arraigo y representatividad en el seno del Movimiento Nacional: la Unión del Pueblo Español (UDPE). El 5 de julio de 1976 el nuevo presidente tomó posesión de su cargo ante el Rey y tres días después formó un gobierno en el que destacaba la presencia de Marcelino Oreja como ministro de Asuntos Exteriores, de Rodolfo Martín Villa como ministro de Gobernación y de Leopoldo Calvo Sotelo como ministro de Comercio. Tanto Manuel Fraga como José María de Areilza renunciaron a formar parte del gobierno con lo cuál pasaron a la oposición y consumaron la división del Movimiento en dos mitades.


jueves, 18 de febrero de 2016

La dimisión de Carlos Arias Navarro

Carlos Arias Navarro: entre Franco y Juan Carlos I 
El 2 de julio de 1976 el Boletín Oficial del Estado (BOE) anunció la dimisión de Carlos Arias Navarro como Presidente del Gobierno poniendo fin a dos años y medio de gobierno iniciados con Franco y culminados con Juan Carlos I. Carlos Arias Navarro fue nombrado por Franco en diciembre de 1973 en uno de los momentos más difíciles del régimen tras la muerte de su antecesor en un fenomenal magnicidio obrado por ETA, justo en el momento en que Arias Navarro era ministro de Gobernación. Por tanto, Arias Navarro asumió su cargo en los estertores finales del franquismo, en los momentos finales del propio Franco y de su régimen del que pese a presentarse como fiel continuador y albacea testamentario contribuyó a liquidar asumiendo su protagonismo en la transición de la dictadura franquista a una monarquía parlamentaria encabezada por Juan Carlos I. Arias Navarro titubeó constantemente a lo largo de su mandato jugando con la idea de la continuidad del régimen tras la muerte de Franco antes de la muerte del propio Franco mediante la asunción de un pluralismo limitado al seno del Movimiento Nacional manifestado en el Estatuto Jurídico de las Asociaciones Políticas de diciembre de 1974, pero dicha idea aparecía como una entelequia y fracasó estrepitosamente al constituirse tan sólo seis asociaciones o corrientes carentes de arraigo real y por tanto de fuerza a excepción de la Unión del Pueblo Español (UDPE) encabezada por Adolfo Suárez. El franquismo estaba claramente superado y su fecha de caducidad estaba fijada en la defunción del dictador y con ella la del mismo Arias Navarro dada su identificación con el círculo familiar del dictador. Pero sorprendentemente Juan Carlos I decidió mantenerlo al frente de su cargo en base a un calculado equilibrio entre las posiciones más conservadoras y aperturistas del régimen, compensando de este modo la destitución del falangista Rodríguez de Valcárcel y su sustitución por Torcuato Fernández Miranda al frente de las Cortes Españolas y del Consejo del Reino. Pese a su indudable imagen de franquista Carlos Arias Navarro no era ni intransigente ni tonto, sino extremadamente pragmático y constatada la irrealizable idea de la supervivencia del franquismo sin su fundador e inspirador decidió sumarse al proceso democrático impulsando a lo largo de su mandato diversas medidas encaminadas hacia la superación del franquismo, la reconciliación nacional y la democratización de España. Los integristas del régimen eran los únicos que parecían darse cuenta del pragmatismo de Arias Navarro y por ello lo despreciaban, lo odiaban y lo consideraban un traidor, lo mismo que los demócratas verdaderos quienes le consideraban un hombre del pasado. Quizás por ello Arias Navarro decidió presentar su dimisión y dar paso a alguien que estuviera más en consonancia con la nueva etapa que se abría en España. Alguien que Juan Carlos I designaría a partir de la terna de candidatos que le presentaría Torcuato Fernández Mira



martes, 16 de febrero de 2016

Juan Carlos I declara un día de fiesta para homenajear su figura

El 21 de junio de 1976 el Boletín Oficial del Estado publicó el decreto mediante el cuál Juan Carlos I declaró fiesta oficial el 24 de junio, San Juan Bautista, día de su onomástica reservando un día en el calendario para homenajear su figura, del mismo modo que hizo Franco el 1 de octubre conmemorando el aniversario de su exaltación como Jefe del Estado. Dicho decreto también mantuvo como fiestas oficiales el 18 de julio conmemoración del Alzamiento Nacional y el 12 de octubre como día de la Hispanidad, pero en cambio suprimió el 1 de Octubre como Día del Caudillo tras la muerte de Franco declarando el 1 de mayo, conmemoración del día del Trabajo, como nueva festividad. Pese al claro avance de España hacia la democracia dicho decreto representó una nueva muestra de los equilibrios que caracterizaron los primeros compases del reinado de un Juan Carlos I que no dudó en imitar a su antecesor dedicando un día al homenaje de su figura y que pese a su intención de convertirse en el garante de la reconciliación de todos los españoles mantuvo en su primer año de reinado la celebración del Alzamiento Nacional y del Día de la Hispanidad, mientras suprimía muerto Franco el Día del Caudillo y declaraba festivo el Día del Trabajo en un claro signo hacia la oposición antifranquista. 


lunes, 15 de febrero de 2016

Ley sobre el derecho de asociación política: fracaso del franquismo y regreso de la democracia a España

El 16 de junio de 1976 el Boletín Oficial del Estado publicó la Ley 21/1976 sobre el derecho de asociación política que supuso la ampliación del mismo superando los estrechos y limitados márgenes de la ley de 1974 de Estatuto Jurídico de la Asociación Política, que si bien  reconoció y materializó el derecho de asociación política positivizado en el Fuero de los Españoles restringió su radio de acción única y exclusivamente a todas aquellas asociaciones que creyeran en los principios y valores del Movimiento Nacional, excluyendo a las restantes con lo cuál dicha ley supuso el reconocimiento de la existencia de corrientes o sensibilidades en el seno del único partido permitido que seguía ostentando el monopolio del poder. Sin embargo, un año y medio después  de su aprobación el Estatuto Jurídico de la Asociación Política tan sólo había dado lugar al nacimiento de cuatro asociaciones, absolutamente minoritarias, raquíticas y carentes de arraigo popular a excepción de la Unión del Pueblo Español (UDPE) liderada por el entonces ministro secretario general del Movimiento, Adolfo Suárez que culminó su éxito presentando la asociación al mismísimo Franco, con lo cuál el Estatuto Jurídico de la Asociación Política fracasó arrastrando consigo al postfranquismo quien vio frustradas sus expectativas de proseguir con la dictadura sin Franco mediante una mera apertura política en el seno del Movimiento Nacional

Finalmente la Ley sobre el Derecho de Asociación Política supuso la ampliación del pluralismo político confeccionando un extenso campo de acción que desbordaba el Movimiento Nacional contemplando por vez primera en cuarenta años a aquellas opciones que perdieron la guerra civil y que fueron marginadas y perseguidas por el franquismo, obrando el milagro de la reconciliación nacional, de la superación de la guerra civil y de la dictadura abriendo la puerta a la celebración de las primeras elecciones desde 1936 y al regreso de la democracia a España. 


viernes, 12 de febrero de 2016

Regulación del derecho de reunión: libertad para las reuniones privadas

El 30 de junio de 1976 el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Ley del Derecho de Reunión que supuso la derogación de la anterior ley que databa de 1880 así como de la Orden Circular de la Subsecretaría de Interior que emitida el 20 de julio de 1939, apenas tres meses después del fin de la Guerra Civil y el inicio de la dictadura franquista, reinterpretó de forma muy restrictiva el ejercicio de un derecho escasamente reconocido en el ordenamiento jurídico español. Así pues, la nueva ley diferenció entre reuniones de carácter público y carácter privado restringiendo las primeras a aquellas que tuviesen lugar en lugares abiertos mientras que las segundas eran relativas a lugares cerrados consideradas como tales cuando su cifra de asistentes superase las veinte personas, mientras que las que reuniesen un número inferior de personas podían celebrarse sin ningún tipo de restricción ni impedimento. En el caso de las reuniones privadas debían notificarse al Gobernador Civil con un plazo de antelación de tres días antes de su celebración mientras que en las reuniones públicas dicho plazo se ampliaba hasta los diez días, correspondiéndole autorizar o denegar su celebración con los únicos límites legales de la licitud de las mismas y del mantenimiento del orden público. Pese a la condicionalidad del derecho la Ley 17/1976 reguladora del Derecho de Reunión supuso un avance muy importante ya que superó una legislación muy obsoleta que databa de la Restauración y las importantes restricciones propias de un régimen dictatorial como el franquismo, teniendo como aspecto más destacado el amplio marco que permitía para la celebración de reuniones privadas que se caracterizaron por la persecución a las que las sometió el franquismo, siempre receloso de su potencial carácter conspirativo. 

miércoles, 3 de febrero de 2016

Reconocimiento tardío a los mutilados republicanos

El 7 de abril de 1976 el Boletín Oficial del Estado publicó la concesión de pensiones a todas aquellas personas quienes como consecuencia de su participación en la Guerra Civil (1936 - 1939) sufrieron algún tipo de mutilación y por tanto de disminución física quedando pese a ello al margen del Cuerpo de Caballeros Mutilados de Guerra por la Patria. Dicha decisión supuso una medida de reconciliación nacional, pues pese a su tardanza significó la compensación de aquellos quienes participaron en la contienda en el bando republicano y sufrieron heridas por ello pero que sin embargo fueron marginados por el franquismo que como consecuencia de su naturaleza revanchista les excluyó del Cuerpo de Caballeros Mutilados de Guerra por la Patria, cuyos beneficios fueron destinados única y exclusivamente a los heridos de guerra pertenecientes al bando nacional. 


martes, 26 de enero de 2016

Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica para Cristóbal Martínez Bordiú

Cristóbal Martínez Bordiú: premiado
por ser yerno de...
El 10 de marzo de 1976 Juan Carlos I concedió la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a Cristóbal Martínez Bordíu yerno de Franco, duque consorte de Franco y marqués de Villaverde. La Orden de Isabel la Católica fue creada por Fernando VII para premiar la lealtad y la contribución al progreso de las posesiones españolas en el continente americano, siendo reestructurada desde entonces varias veces con el objetivo de reconocer los méritos de aquellos quienes habían realizado una contribución especial a España. Y mira por dónde que Juan Carlos I consideró que Cristóbal Martínez Bordiú, aristócrata andaluz, de estudios médico y de profesion yerno de Franco había realizado una contribución especial al interés general de España que le hacía merecedor de obtener una de las mayores distinciones honoríficas de la historia de nuestro país. En realidad dicha concesión correspondía a una muestra más del profundo agradecimiento de Juan Carlos I hacia Franco y su familia por haberle situado en el trono colmándoles de unas atenciones y de unas prebendas que no merecían en absoluto, mientras que por otro lado demostraba que tras la muerte del dictador se había abierto una nueva etapa en España adoptando medidas que corregían la política sectaria del franquismo con el objetivo de alcanzar la reconciliación nacional que era el fin real de la monarquía, pese a los equilibrios que medidas como estas demuestran en los primeros compases del reinado de Juan Carlos I


lunes, 25 de enero de 2016

Régimen administrativo especial para Catalunya

El 6 de marzo de 1976 el Boletín Oficial del Estado anunció la creación de una comisión de estudio para la creación de un régimen administrativo especial para Catalunya. Dicha comisión debía realizar sus trabajos en un plazo de seis meses al término de los cuáles presentaría sus resultados al Consejo de Ministros que sería el único encargado de tomar la decisión con respecto a dicho régimen especial. La comisión estaría formada por un presidente y veinticuatro vocales repartidos a partes iguales entre representantes del gobierno central y de las diputaciones catalanas a las que les correspondía nombrar tres representantes a cada una de ellas. La creación de dicha comisión representaba un nuevo signo de la nueva etapa abierta en España tras la muerte de Franco que se sumaba a la comisión ya existente desde diciembre de 1975 para el estudio de un régimen administrativo especial para las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya, conocidas como provincias traidoras por el franquismo y que junto a las provincias catalanas representaron los únicos lugares que accedieron al autogobierno durante la II República. España avanzaba hacia la reconciliación nacional... 

La supresión de la censura previa cinematográfica

El 24 de enero de 1976 el BOE publicó la supresión de la censura previa cinematográfica en virtud de la cuál los cineastas estaban obligados a enviar el guión a las autoridades públicas como requisito previo imprescindible e ineludible para iniciar un rodaje cinematográfico. Sin embargo la censura previa se mantenía para las películas extranjeras así como para aquellos quienes quisieran presentar voluntariamente su guión. La supresión de la censura previa cinematográfica representó un paso adelante en la nueva etapa abierta en España tras la muerte de Franco

domingo, 24 de enero de 2016

Juan Carlos I prorrogó la legislatura de las Cortes franquistas para efectuar la reforma democrática

El 29 de enero de 1976 Juan Carlos I decidió prorrogar la legislatura de las Cortes que tras cinco años de vigencia expiraba a inicios de 1976. Las Cortes franquistas eran cámaras corporativas que respondían a un sistema electoral corporativo en el que el componente democrático estaba muy restringido y desempeñaba un papel completamente irrelevante, divididas en un tercio sindical, otro familiar y otro municipal. En este contexto y tras la muerte de Franco el nuevo Rey no quiso proceder a terminar la legislatura y proceder a la reelección de las Cortes en base al sistema corporativo, pues hubiese supuesto un signo de continuismo indudable optando en su lugar por prorrogar la legislatura hasta el 30 de junio de 1977 con el objetivo de proceder a efectuar los cambios necesarios para abrir una nueva etapa en la historia de España. 


sábado, 23 de enero de 2016

Juan Carlos I concedió pensiones a viudas de importantes dirigentes franquistas

El 31 de diciembre de 1975 Juan Carlos I concedió sendas pensiones extraordinarias por una cuantía de 300.000 pesetas a Joaquina Folgar, viuda de Fernando Herrero Tejedor que fue jefe del Movimiento Nacional hasta su fallecimiento ese mismo año en un misterioso accidente de tráfico, y a Pilar de la Rocha viuda de Francisco Franco Salgado Araújo quien además de compartir apellidos con Franco y ser su primo fue la persona de su mayor confianza como jefe de su casa civil. De esta forma Juan Carlos I combinaba las prebendas al círculo familiar y político más cercano a Franco con medidas de reconciliación nacional indicativas del inicio de una nueva etapa como manifestación de una estrategia de equilibrios durante los primeros compases de su reinado entre aperturistas y continuistas. 

Indulto a los perjudicados por la Ley de Responsabilidades Políticas

El 24 de diciembre de 1975, coincidiendo con las fiestas navideñas y con el primer discurso navideño de Juan Carlos I, el nuevo Rey declaró un indulto específico para todos aquellos quienes fueron condenados por la Ley de Responsabilidades Políticas promulgada por el franquismo en 1939 nada más concluida la Guerra Civil con el objetivo de condenar al ostracismo a todos aquellos quienes habían defendido el Estado de Derecho encarnado en la II República frente a aquellos que lograron acabar con él. El franquismo mantuvo la división binaria entre españoles a lo largo de cuarenta años y a la muerte del dictador el nuevo Rey decidió apostar por la apertura de una nueva etapa basada en la reconciliación nacional. 

Franco dirige al Ejército español desde el valle de los Caidos

Cuarenta años después
de su muerte Franco sigue al
frente del Ejército español 
El 19 de diciembre de 1975, apenas un mes tras la muerte de Franco, el BOE publicó un decreto que materializó el homenaje póstumo que le rendía España por sus cuarenta años de dictadura. Dicho homenaje consistió en su consagración al frente del Ejército español situándolo a ultratumba y para la perpetuidad al frente del escalafón de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire. Pese al paso de los años dicha medida no ha sido derogada y sigue vigente con lo cuál se evidencia que la democracia no ha llegado aún al Ejército español que pese a ubicarse en un sistema democrático con la vigencia de medidas de estas características sigue siendo esencialmente franquista, pues cuarenta años después de la muerte del dictador aún no ha procedido a la reconciliación nacional y tampoco ha compensado a los militares republicanos o a sus descendientes por haber defendido el Estado de derecho frente a aquellos quienes lo subvirtieron alcanzando el éxito en su empresa al precio de provocar una de las mayores tragedias de nuestra historia colectiva. 

El primer gobierno de Juan Carlos I: el continuismo de Carlos Arias Navarro

Arias Navarro siguió siendo presidente
pese a la muerte de Franco 
El 12 de diciembre de 1976 Juan Carlos I nombró al primer gobierno de su reinado manteniendo al frente del mismo a Carlos Arias Navarro pero realizando una profunda renovación de sus miembros entre quienes destacaron Manuel Fraga como ministro de la Gobernación y José María de Areilza como ministro de Asuntos Exteriores. El primer gobierno de la monarquía manifestaba los equilibrios que caracterizaron los primeros compases del reinado de Juan Carlos I evidenciando tímidamente la nueva etapa abierta tras la muerte de Franco sin romper completamente con los elementos más característicos y continuistas del franquismo. 

La (parcial) democratización del mundo local postfranquista

El 10 de diciembre de 1975 los Alcaldes y Presidentes de Diputaciones y de Cabildos Insulares dejaron de ser nombrados por el ministro de la Gobernación para ser nombrados por los concejales y diputados provinciales de los plenos de sus respectivas corporaciones municipales y provinciales, produciéndose un importante paso adelante en la democratización de las instituciones españolas pese a que el cuerpo electoral seguía permaneciendo al margen de la decisión de la voluntad de las mismas. A tal efecto se convocaron elecciones para el nombramiento de presidentes de Diputaciones y Cabildos Insulares para el 11 de enero de 1975 y para el nombramiento de alcaldes de capitales de provincia salvo Madrid y Barcelona así como de la mitad de los municipios de provincia en función de la antigüedad en el cargo para el 19 de enero de 1976.

Nombramiento de Torcuato Fernández Miranda como presidente de las Cortes franquistas

Torcuato Fernández Miranda:
preceptor de Juan Carlos I 
El 3 de diciembre de 1975 Juan Carlos I destituyó al falangista Alejandro Rodríguez de Valcárcel, encargado de tomarle juramento en su proclamación como Rey, en su calidad de presidente de las Cortes y del Consejo del Reino nombrando en su lugar a Torcuato Fernández Miranda quien fue rector de la Universidad de Oviedo, preceptor de Juan Carlos I durante su etapa universitaria además de jefe del Movimiento Nacional y vicepresidente del gobierno durante el mandato de Luís Carrero Blanco. Dicho nombramiento ilustró la nueva etapa abierta en España tras el acceso de Juan Carlos I al trono que quiso afrontar la misma con una persona de su absoluta confianza. 

Asimismo ese mismo día el BOE publicó la creación de una comisión de estudio para la creación de un régimen especial en las provincias de Vizcaya y Guipúzcoa que fueron castigadas por el franquismo tras la guerra civil con la pérdida de su singularidad foral y con el estigma que suponía su denominación como provincias traidoras, situación que contrastaba claramente con las provincias de Álava y Navarra que por haber apoyado al bando nacional lograron el mantenimiento de una excéntrica y privilegiada foralidad en el seno de una dictadura ultracentralista. La creación de dicha comisión fue un hecho representativo de la nueva etapa que se abría en España a la muerte de Franco así como un signo indudable de reconciliación nacional, pese a que dicha comisión tan sólo estaba abierta a los representantes de las fuerzas vivas del régimen. 

Los primeros títulos nobiliarios del reinado de Juan Carlos I: el ennoblecimiento de la viuda y la hija de Franco

Carmen Polo: los Franco
entraron en la aristocracia
Coincidiendo con su coronación Juan Carlos I concedió los primeros títulos nobiliarios de su reinado que fueron otorgados a la viuda de Franco, Carmen Polo a quien le concedió el título de Señora de Meirás con Grandeza de España y a su hija Carmen Franco a quien le fue concedido el título de Duquesa de Franco también con Grandeza de España. Pese al matrimonio de Carmen Franco con Cristóbal Martínez Bordiu, Marqués de Villaverde,  este hecho supuso la entrada de la familia Franco en la aristocracia concediéndosele además un papel preeminente dentro de la misma tal y como indica el rango de Grandeza de España. Por tanto la concesión de dignidades aristocráticas a la viuda e hija del dictador por parte de Juan Carlos I supuso el agradecimiento póstumo del flamante Rey hacia Franco por haberle nombrado sucesor a título de Rey, a la vez que estaba destinada a evitar que pudieran entorpecer la nueva etapa abierta tras la muerte del dictador.


miércoles, 20 de enero de 2016

Creación de la Casa del Rey

El 26 de noviembre de 1975 cuatro días después de la proclamación de Juan Carlos I como Rey de España se creó la Casa del Rey mediante la publicación del decreto de su constitución en el BOE. La misma se estructuraba en cuatro departamentos siendo estos Protocolo, Cuarto Militar, Intendencia y Secretaría produciéndose la desaparición de la Casa Civil y Militar del Jefe del Estado así como de la Casa del Príncipe

El primer indulto de Juan Carlos I: el fin de la pena de muerte en España

El 26 de noviembre de 1975 el BOE publicó la primera medida adoptada por Juan Carlos I a los cuatro días del inicio de su reinado: su primer indulto. Dicho indulto perdonó a aquellas personas que llevaban más de veinte años de prisión o bien a aquellos cuyas condenas no excedían los tres años de cárcel con lo cuál fue un indulto limitado aunque si bien conmutó todas las penas de muerte vigentes en aquél momento, con lo cuál tras la muerte de Franco se abría una nueva era en España en la que la pena de muerte no tenía cabida dentro de nuestro ordenamiento jurídico. 


sábado, 16 de enero de 2016

La muerte de Franco y del Imperio Español

Con la muerte de Franco murió
el Imperio Español 
El 20 de noviembre de 1975 murió Franco tras un mes de agonía poniendo punto y final a cuatro décadas de gobierno autocrático. El BOE anunció su muerte el mismo 20 de diciembre y publicó varias disposiciones relativas a las exequias del dictador y a la nueva situación en la que quedaba España destinadas a evitar cualquier tipo de vacío de poder en un momento tan decisivo. De este modo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Sucesión aprobada en referéndum en 1947 ante la vacante en la Jefatura del Estado se constituyó y ejerció sus funciones el Consejo de Regencia integrado por el presidente de las Cortes y el Cardenal primado de España y Arzobispo de Toledo manifestando el predominio de los dos pilares de apoyo del régimen franquista (Ejército e Iglesia católica). Se declararon treinta días de luto y se fijó el funeral de Franco en el Valle de los Caídos para el 23 de noviembre de 1975 concediéndoseles vacaciones a los trabajadores para que pudieran asistir ese día a las exequias del dictador. El 22 de noviembre de 1975 fue convocado pleno conjunto de las Cortes Españolas y del Consejo del Reino para proclamar Rey de España a Juan Carlos de Borbón quien antes de su proclamación fue nombrado Capitán General de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire, procediéndose a restablecer el Registro Civil de la Casa Real: España volvería a ser una monarquía cuarenta y cuatro años después de la abdicación de Alfonso XIII. Casualmente o no, ese mismo día el BOE anunció el inicio del proceso de descolonización del Sáhara Occidental, último territorio colonial español con lo cuál el Imperio Español murió y fue enterrado con Franco bajo la losa del Valle de los Caídos tras casi cinco siglos de vida iniciados el 12 de Octubre de 1492 cuando Cristóbal Colón descubrió el continente americano dando lugar al primer imperio universal de la historia. 

La España de la II Restauración a través del BOE

BOE: la historia de España día a día 
La historia de un determinado lugar precisa de fuentes precisas y fiables con el fin de poder establecer un discurso lo más aproximado posible sobre su evolución a lo largo de un determinado período de tiempo. A mi juicio una de esas fuentes está representada por el escrutinio electoral puesto que nos ofrece multitud de datos que si se saben explorar, descubrir, explotar, jerarquizar, relacionar, ordenar y explicar pueden permitirnos establecer un formidable relato sobre la evolución histórica del lugar que pretendemos estudiar, pues en los países democráticos son los ciudadanos quienes deciden la evolución histórica de los mismos mediante las elecciones. De este modo conociendo y exprimiendo todos los datos relativos a todas las convocatorias electorales celebradas a lo largo de un determinado período de tiempo mediante una adecuada sistemática puede crearse un relato histórico objetivo desprovisto de todo tipo de intoxicaciones, que respondiendo a concretos intereses políticos sedimentan y permanecen por la falta de habilidad y de recursos para ser extirpados.

Pero los escrutinios electorales no son suficientes para explicar la evolución de una determinada sociedad. Desde 1986 España es un estado federado de la Unión Europea y la evolución del estado europeo también define nuestra propia evolución con decisiones que tienen su repercusión sobre los escrutinios electorales. Sin embargo tampoco esto es necesario para explicar la evolución de nuestro país. El elemento complementario y decisivo es el Boletín Oficial del Estado (BOE) porque en ningún lugar como en él aparece reflejada la vida diaria del país en todos sus aspectos. Hoy inicia su andadura este blog con el objetivo de narrar la evolución histórica de España a lo largo del período de la II Restauración a través de no la única pero sí la mejor fuente histórica posible: el Boletín Oficial del Estado (BOE).